HomeELECCIONES 2024Tres partido perdieron el registro ante autoridades electorales en #SLP

Tres partido perdieron el registro ante autoridades electorales en #SLP

Tres partido perdieron el registro ante autoridades electorales en #SLP

El pasado 2 de junio se realizó la jornada electoral en San Luis Potosí, en la que la ciudadanía ejerció su voto para la renovación de los 58 Ayuntamientos y las 27 diputaciones del Congreso del Estado.
Luego de las sesiones de cómputos en las Comisiones Distritales Electorales, Comités Municipales y del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), se registró una votación válida emitida de 1 millón, 247 mil, 265 votos en la elección de diputaciones.

La Ley Electoral de San Luis Potosí define la votación emitida como la que se obtiene después de sumar la totalidad de los votos depositados en las urnas; y la valida emitida, cómo la que se obtiene después de restar a la votación emitida, los votos nulos y los anulados.

Cabe señalar que la Legislación electoral vigente dispone que los partidos políticos estatales perderán su registro por no obtener en la elección ordinaria inmediata anterior, al menos el tres por ciento de la votación válida emitida en por lo menos alguna de las elecciones para Gubernatura o diputaciones.

El procedimiento de liquidación de un Partido Político Local consta de tres fases:
De prevención, con la finalidad de tomar las acciones de precaución necesarias para proteger el patrimonio del partido político respectivo; de liquidación y; de adjudicación.
Los partidos políticos locales Conciencia Popular obtuvo el 1.7859%; el partido Movimiento Laborista San Luis Potosí obtuvo el 2.0717%; y el partido Encuentro Solidario San Luis Potosí obtuvo el 2.1038%.

Respecto de estos porcentajes de votación, el CEEPAC determinó que los partidos políticos locales Conciencia Popular, Movimiento Laborista San Luis Potosí y Encuentro Solidario San Luis Potosí, al no haber reunido el 3% de la votación requerida en la elección de Diputaciones Locales, para la conservación de su registro, y al tener elementos suficientes, declara el inicio de la etapa de prevención a los partidos políticos locales que se encuentren en el inicio de la pérdida de su registro.

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