Garantiza IMSS el pago de incapacidad laboral como un derecho a la tranquilidad y sustento familiar
El trámite permite recibir el subsidio económico cuando la trabajadora o el trabajador se encuentre en tratamiento médico donde deba permanecer en reposo laboral y en el caso de la mujer, para maternidad.
Las personas trabajadoras afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tienen el derecho a recibir la prestación económica del pago de las incapacidades laborales por enfermedad general, riesgo de trabajo o maternidad tal como lo estipula el derecho a la seguridad social y la protección del sustento familiar.
En ese sentido, el IMSS en San Luis Potosí implementa procesos de simplificación y requisitos para llevar a cabo el trámite de los subsidios por incapacidad temporal derivados de Riesgo de Trabajo, Enfermedad General o Maternidad.
Estos subsidios garantizan un ingreso económico al trabajador durante el periodo en que no puede laborar. Para dicho trámite, en primera instancia el personal médico institucional expide el Certificado Único de Incapacidad Temporal para el Trabajo. El trabajador está obligado a notificar a su patrón sobre la incapacidad y entregarle una copia del certificado.
Los requisitos de cotización y el monto del subsidio varían según la causa de la incapacidad: el trabajador debe haber sido calificado por los servicios de Salud en el Trabajo del IMSS, el pago del 100% del Salario Base de Cotización (SBC) registrado al inicio de la incapacidad, se tramita en la Ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) o Subdelegación, presentando la Forma ST-7 o ST-9 (Dictamen de Riesgo de Trabajo).
Para el trámite de Enfermedad General, la persona asegurada debe contar con un mínimo de cuatro cotizaciones semanales inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad o seis en los últimos cinco meses si es trabajador eventual; el pago es del 60% del salario base de cotización vigente al inicio de la incapacidad.
El subsidio se paga a partir del cuarto día de incapacidad (los primeros tres días no se cubren) y el trámite se realiza en la ventanilla de prestaciones económicas de la UMF que corresponde.
En lo que corresponde a los requisitos de la incapacidad de maternidad, deben contar con un mínimo de 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha en que deba comenzar el pago de incapacidad. El trámite se realiza en la Unidad de Medicina Familiar.
El pago es del 100% del salario base de cotización registrado al inicio de la incapacidad por la totalidad de los 84 días (descanso prenatal y postnatal) y el trámite del Certificado Único de Maternidad se expide por 84 días y es el documento que ampara el subsidio.
Posteriormente para hacer efectivo el pago en la ventanilla bancaria autorizada, el asegurado debe presentar:
Original y copia del Certificado Único de Incapacidad Temporal.
Identificación Oficial vigente (INE, Pasaporte, Cédula Profesional).
Documento que contenga el Número de Seguridad Social (NSS).
Es importante considerar que los subsidios por incapacidad son un pilar que protege la economía familiar del trabajador por lo que es importante utilizar la Consulta de Incapacidades en línea a través del portal del IMSS www.imss.gob.mx/imssdigital para verificar el estado de dicho pago.
