Publicidad de productos y servicios del área médica, cosmética o suplemento es regulada por coepris.
En atención a las instrucciones del Gobernador del Estado de proteger la salud de la población de riesgos sanitarios por el consumo de productos o servicios, la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS) realiza de manera permanente durante el año, la vigilancia en la publicidad de ciertos productos y servicios para evitar el consumo de aquellos que representen un riesgo a la salud, este año se han expedido 12 permisos.
Existen dos tipos de trámites para la publicidad una es el Aviso de Publicidad que se realiza exclusivamente de manera digital a través de la plataforma DIGIPRIS; existe también el Permiso de Publicidad que se tramita de manera presencial en los Centros Integrales de Servicios o Ventanillas de Trámite ubicadas en las instalaciones de las siete Jurisdicciones Sanitarias o en las instalaciones de COEPRIS ubicadas en la calle 05 de Mayo #1485, Barrio de San Miguelito.
Es de suma importancia que los diferentes giros conozcan el tipo de trámite de acuerdo al producto o servicio que ofertan; para el caso de Aviso de Publicidad es necesario en aquellos establecimientos que ofrecen servicios médicos de manera individual (consultorios), alimentos y bebidas no alcohólicas, insumos para la salud de uso exclusivo para profesionales de la salud y productos cosméticos.
El Permiso de Publicidad debe tramitarlo todo establecimiento que ofrezca servicios médicos como hospitales, centros médicos, clínicas así como laboratorios clínicos; de igual forma quienes elaboran y venden suplementos alimenticios y productos biotecnológicos, bebidas alcohólicas, medicamentos y remedios herbolarios, plaguicidas, dispositivos médicos como prótesis, órtesis y ayudas funcionales y todos aquellos establecimientos que ofertan procedimientos de embellecimiento no invasivos tal es el caso de quienes utilizan aparatología.
Es necesario que la población conozca qué medicamentos, suplementos alimenticios, remedios herbolarios, productos cosméticos y servicios de embellecimiento deben anunciarse ya sea en medios tradicionales o plataformas digitales con un Permiso de Publicidad o bien, un Aviso de Publicidad lo que garantiza que el producto o el servicio está regulado por la autoridad sanitaria y su publicidad no es engañosa.