Consultorios de nutrición deben contar con aviso de funcionamiento
La Comisión Estatal de Protección Contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS), realiza de manera permanente revisiones de control sanitario a consultorios de nutrición, así como aquellos que ofertan servicios de medicina estética y embellecimiento.
La revisión de control sanitario que se realiza a los consultorios de nutrición es permanente durante el año, sin embargo, puede generarse una verificación sanitaria ya sea por interés del propietario o bien, por alguna denuncia sanitaria del usuario. Durante el 2024, se realizaron 227 visitas de control sanitario a consultorios y establecimientos relacionados con medicina estética lo que derivó en la suspensión temporal de 24 establecimientos de medicina estética; de enero a la fecha, se han realizado 16 visitas de control sanitario a consultorios de nutrición.
Entre las causas más comunes que derivaron en la suspensión temporal se encuentran: inadecuada conservación de medicamentos, falta de registro sanitario de equipo médico o de embellecimiento, falta de aviso de funcionamiento o responsable sanitario, inadecuado manejo del expediente, inadecuado manejo de los residuos biológicos, así como práctica de procedimientos estéticos con personal que no cuenta con la acreditación académica para realizar dichas prácticas.
El establecimiento debe tener a la vista de los usuarios el Aviso de Funcionamiento y Responsable Sanitario, título profesional, cédula y en caso de especialidad, diploma y cédula profesional de la especialidad; el consultorio de nutrición debe contar con al menos dos áreas una para el interrogatorio con el paciente y otra para la exploración y contar con báscula con estadiómetro, cinta antropométrica y en algunos casos equipo específico como Inbody o Tannita. Medicamentos para bajar de peso no pueden ser prescritos por un nutricionista salvo que a la par sea médico o tenga alguna especialidad que lo permita.