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CEEPAC concluyó el registro de aspirantes a candidaturas Independientes: Paloma Blanco

CEEPAC concluyó el registro de aspirantes a candidaturas Independientes: Paloma Blanco

Por José Gutiérrez Guillén/Kriptón.mx

  • Se registran 12 personas: 9 para Presidencias Municipales y 3 para Diputaciones Locales.
  • De ser procedentes, del 17 de enero al 10 de febrero buscarán al menos el 2% de apoyo.

La presidenta Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí CEEPAC, Paloma Blanco López, dio a conocer que el pasado 30 de noviembre concluyó el plazo de registro para las personas que aspiran a registrarse en una candidatura independiente para participar en el Proceso Electoral Local 2024.

Durante la etapa de registro, dijo, se recibieron 12 solicitudes: 9 de ellas para Presidencias Municipales y 3 para Diputaciones Locales de Mayoría Relativa, en las siguientes demarcaciones: Elección Cargo Género 2% de la lista nominal Apoyo ciudadano requerido) y fueron para las presidencias municipales de Ciudad Valles, Xilitla, dos para Matehuala, tres para San Luis Potosí, Mexquitic, El Naranjo, Ciudad del Maíz, y las diputaciones locales Distrito 05 y 08 en San Luis Potosí, Distrito 13 en ciudad Valles,

Blanco López señaló que a más tardar el 5 de enero el Consejo General del CEEPAC emitirá los dictámenes de Procedencia o improcedencia de las manifestaciones de intención para ser aspirantes a candidaturas independientes, en función de que cumplan todos los requisitos de la Convocatoria.

Quienes obtengan el Dictamen Procedente, externo, a partir del 17 de enero y hasta el 10 de febrero de 2024, las personas aspirantes deberán recabar el apoyo ciudadano de al menos el 2% de las personas que integran la lista nominal del municipio o distrito electoral en el que desean participar. En las demarcaciones que exista más de una persona aspirante, solamente se podrá registrar al que, de manera individual, haya obtenido el mayor número de cédulas de manifestación de respaldo ciudadano válidas por tipo de elección de que se trate de acuerdo con el Artículo 214, fracción II de la Ley Electoral.

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